Tribunal Electoral de Quintana Roo
    26 de julio de 2013

El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo en sesión pública resolvió los asuntos registrados como Juicios de Nulidad de los expedientes JUN/001/2013, JUN/003/2013 y JUN/004/2013, relativos a la nulidad de votación recibida en diversas casillas de los Distrito Uninominales XIII, X y XI, respectivamente, conforme a la lista en estrados.

Con respecto al JUN/001/2013, en donde el promoverte fue el Partido de la Revolución Democrática y actuaba como tercero interesado la Coalición “Para Que Tú Ganes Más”, el resolutivo aprobado por unanimidad de votos de los Magistrados determinó confirmar la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría y validez otorgadas a las ciudadanas Susana Hurtado Vallejo y Delia Alvarado, candidatas electas como Diputadas por el Principio de Mayoría Relativa, propietaria y suplente, respectivamente, en el Distrito Uninominal XIII, emitida por el Consejo Distrital XIII del Instituto Electoral de Quintana Roo.

En este asunto, de las 102 casillas instaladas, al actualizarse la causal de nulidad en dos de las 29 casillas impugnadas, el 9.6 por ciento de casillas anuladas, el resultado de la votación emitida se modificó para quedar de la siguiente manera: para la Coalición “Para Que Tú Ganes Más” los votos válidos fueron 11, 962; para el PRD 5,209; para el Movimiento Ciudadano 1,147; para el PT 4,438, Candidato Independiente 296; y votos nulos 1,195, en el Distrito XIII.

Por cuanto al Juicio de Nulidad identificado como JUN/004/2013, interpuesto por el Partido de la Revolución Democrática y actuando como tercero interesado la Coalición “Para Que Tú Ganes Más”, el resolutivo aprobado por unanimidad de votos de los Magistrados confirmó la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría y validez otorgadas a los ciudadanos Jesús de los Ángeles Pool Mo y Oscar Rolando Sánchez Reyeros, candidatos electos por el Principio de Mayoría Relativa, propietario y suplente, respectivamente, en el Distrito Uninominal XI, emitida por el Consejo Distrital XI del Instituto Electoral de Quintana Roo.

Con respecto a este caso, de las 140 casillas instaladas, al actualizarse las causales de nulidad en 13 de ellas, de las 109 impugnadas, esto es el 9.28 por ciento, los resultados de votación emitida se modificaron para quedar de la siguiente forma: Coalición “Para Que Tú Ganes Más” 12,635 votos; PRD 3,790 votos; Movimiento Ciudadano 831 votos; PT 7,084 votos, Candidatos Independiente 171 votos; Votos Nulos 1,454; quedando la votación total en 25,965 sufragios.

El tercer medio de impugnación atendido fue el contenido en el expediente JUN/003/2013, en donde el actor fue el Partido de la Revolución Democrática y como Tercero Interesado actuó la Coalición “Para Que Tú Ganes Más”, en este caso el resolutivo aprobado por unanimidad de votos de los Magistrados confirmó la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría y validez otorgadas a las ciudadanas Marcia Alicia Fernández Piña y Mariana Dávila Goerner, candidatas de la Coalición “Para Que Tú Ganes Más”, propietaria y suplente respectivamente., de la elección de Diputados de Mayoría Relativa del Distrito X.

En este caso, las casillas anuladas fueron la 623 Básica y 654 Básica, o sea dos de las 53 que los impetrantes buscaban nulificar.

Cabe destacar que el Magistrado Presidente, Víctor Venamir Vivas Vivas y la Magistrada Sandra Molina Bermúdez, coincidieron en señalar, al intervenir en diferentes momentos de la Sesión que es un criterio reiterado de este Tribunal que los requisitos que señala la propia Constitución del Estado de Quintana Roo como la Ley Electoral para la elegibilidad de quienes se postulen también al cargo de Diputados en el Congreso del Estado, no señala estar inscrito en la sección o distrito por el que se vaya a contender, criterio aplicado en esta primera parte de los juicios a resolver con respecto a las impugnaciones para anular la votación en casillas de los Distrito X, XI y XIII.

 

Magistrados del Pleno en distintos momentos de la Sesión pública.

Magistrado da por concluida la Sesión pública de Pleno al agotarse los asuntos en lista de la convocatoria publicada.

Expedientes en Estrado de Pleno para resolver en Sesión Pública.


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