Tribunal Electoral de Quintana Roo
    27 de mayo de 2013

En sesión pública de Pleno, los Magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo, resolvieron dos juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano quintanarroense JDC/009/2013 y JDC/014/2013 y acumulados, así como otro más identificado como JDC/017/2013; en esta sesión también se resolvieron los juicios de inconformidad JIN/018/2013, JIN/020/2013, JIN/023/2013, JIN/025/2013 y JIN/029/2013.

Con respecto al primer juicio JDC/009/2013 y sus acumulados JIN/020/2013, JIN/025/2013 Y JIN/029/2013, con votación unánime, el Pleno resolvió bajo los siguientes puntos:

Se ordena a la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática, resolver a la brevedad las quejas planteadas conforme a derecho corresponda, de conformidad con lo establecido en el considerando tercero de la presente sentencia.
También se dispone que se agreguen copias certificadas de la presente resolución a los expedientes de los medios de impugnación acumulados al presente juicio.

Por cuanto al juicio identificado como JIN/020/2013, el resolutivo dispone:

Se confirma el Acuerdo IEQROO/CG/A-126-13 emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, de conformidad con lo señalado en el considerando cuarto de esta sentencia.

Con respecto al JIN/025/2013, el proyecto de sentencia aprobado establece:
Se confirma el Acuerdo IEQROO/CG/A-150-13 emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, de conformidad con lo señalado en el considerando cuarto de la sentencia.

En cuanto al JIN/029/2013, el resolutivo aprobado señala:

Devuélvase el escrito de queja y los medios probatorios atinentes a la presente causa al Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, a efecto de que instaure el procedimiento pertinente y determine lo conducente conforme a derecho corresponda, acorde con lo señalado en el considerando primero de esta sentencia.

También se dispone la notificación de la presente ejecutoría a la representación del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Municipal del Instituto Electoral de Quintana Roo con sede en el Municipio de José María Morelos, Quintana Roo; vinculándose para tal efecto al Instituto Electoral de Quintana Roo para que se sirva realizar la misma, en términos de lo que establecen los artículos 54, 55 y 61 de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Debiéndose notificar por igual al Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo mediante oficio.

El JDC/014/2013 y sus acumulados JDC/017/2013, JIN/018/2013 y JIN/023/2013, fueron resueltos por unanimidad de votos de los Magistrados, bajo los siguientes puntos:

Se decreta la acumulación del expediente JDC/039/2013, al diverso JDC/014/2013, por ser este el que se recibió primero; por lo que deberán glosarse copia certificada de la presente resolución a los autos del expediente JIN/021/2013 y JDC/039/2013.
Se desechan los Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano Quintanarroense y el Juicio de Inconformidad, de conformidad con lo señalado en el considerando tercero de la presente resolución.
Se ordena notificar personalmente a los promoventes del JDC/014/2013 y JDC/039/2013 en el domicilio señalado en autos. Y por estrados al promoverte del JIN/021/2013, por no haber señalado domicilio en esta ciudad de Chetumal.

El JDC/017/2013, fue resuelto por unanimidad conforme a los siguientes puntos:

Se desecha el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano Quintanarroense promovido por el ciudadano Hassan Medina Rodríguez, de conformidad con lo señalado en el considerando segundo de la presente resolución.
Ordenándose la notificación personal al promoverte.

Atendiendo el juicio JIN/018/2013, los Magistrados votaron por unanimidad para resolver de la siguiente forma:

Se desecha el Juicio de Inconformidad promovido por las ciudadanas Nadia Santillán Carcaño y Cinthia Yamiié Millán Estrella, representante propietaria y suplente, respectivamente, del Partido de la Revolución Democrática y Acción Nacional ante el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, de conformidad con lo señalado en el considerando segundo de la sentencia emitida.

El JIN/023/2013, fue resuelto por unanimidad, conforme al proyecto presentado, de la siguiente forma:

Se confirma el Acuerdo IEQROO/CG/A-159-13, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, de fecha trece de mayo de dos mil trece, de conformidad con lo señalado en el considerando cuarto de esta sentencia.

 

Magistrados dan seguimiento a la lectura de proyecto de sentencia durante la Sesión Pública de Pleno para resolver diversos juicios.

El desarrollo de la Sesión Pública de Pleno para resolver diversos juicios, tiene cobertura de medios de comunicación lo que permite la difusión de las sentencias emitidas.


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