Tribunal Electoral de Quintana Roo
    24 de marzo de 2015

Con el voto unánime de los integrantes del Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo Magistrado Presidente Víctor Venamir Vivas Vivas, Magistrada Sandra Molina Bermúdez y Magistrado José Carlos Cortés Mugártegui, se determinó declarar infundado el agravio señalado en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano Quintanarroense (JDC) interpuesto por Rodrigo Olivar, identificado en el libro de gobierno con la clave JDC/002/2015.

En Sesión Pública efectuada a las 11:00 horas, el proyecto de resolución presentado por la ponencia de la Magistrada Molina Bermúdez señaló que al actor no le asiste la razón ya que lo procedente, en orden de prelación, es llamar al suplente de la fórmula registrada, en estricta observancia a los artículos 115, fracción I, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 141, de la Constitución Política local; 278, de la Ley Electoral de Quintana Roo; y 97, primer párrafo de la Ley de Municipios del Estado de Quintana Roo.

En este juicio se impugnaba el acuerdo emitido por el H. Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas, Quintana Roo, mediante el cual se aprobó tomar la protesta del ciudadano Javier Razo Trigueros, como regidor suplente dada la ausencia definitiva por renuncia del regidor propietario del Partido del Trabajo, JOSUE NIVARDO MENA VILLANUEVA, aprobado en la Trigésima Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada con fecha veintiséis de febrero de dos mil quince.

 

Lectura del proyecto de resolución presentado al Pleno en la Sesión Pública este 24 de marzo del año en curso.

Magistrado Presidente Víctor Venamir Vivas Vivas, Magistrada Sandra Molina Bermúdez y Magistrado José Carlos Cortés Mugártegui, durante votación en la Sesión Pública para resolver el JDC/002/2015.


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