Tribunal Electoral de Quintana Roo
    19 de julio de 2016

Chetumal, Q. Roo.- En sesión de pleno, el Tribunal Electoral de Quintana Roo declaró por unanimidad procedente el desistimiento presentado por Niurka Alba Sáliva Benítez, quien demandaba una diputación plurinominal de la lista del Partido Encuentro Social a través del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano Quintanarroense JDC/027/2016. Mientras que el Juicio de Nulidad JUN/006/2016 promovido por Lucía Concepción Ramírez Haas lo reencauzó a un Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano Quintanarroense, reclama una diputación plurinominal de la lista del Partido de la Revolución Democrática.

El Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano Quintanarroense JDC/027/2016 fue promovido por Niurka Alba Sáliva Benítez, quien se ostentó como integrante de la segunda fórmula de la lista de candidatos del Partido Encuentro Social a diputados por el principio de representación proporcional al congreso local, y buscaba controvertir el acuerdo IEQROO/CG/A222/16 y la constancia entregada a la primera fórmula de su partido emitida por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo.

En su ponencia, el Magistrado Presidente del TEQROO, Víctor Venamir Vivas Vivas, consideró innecesario continuar con el estudio de fondo, dado que Sáliva Benítez presentó un escrito en el que manifestó su intención de desistirse del medio de impugnación, mismo que fue ratificado en este órgano jurisdiccional.

Por lo anterior, se declaró procedente el desistimiento presentado y en consecuencia se determino el sobreseimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 32, fracción I de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

La Magistrada Nora Leticia Cerón González estuvo a cargo el Juicio de Nulidad JUN/006/2016 que presentó la ciudadana Lucía Concepción Ramírez Haas, en contra de la elección de diputado por el principio de representación proporcional, la declaratoria de validez de la elección y la entrega de la constancia respectiva al ciudadano Emiliano Vladimir Ramos Hernández.

En este caso, Ramírez Haas aduce que dicha designación hecha por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), le causa agravio porque se viola el principio de equidad, toda vez que desde el 24 de abril del año en curso, fecha en que dio inicio la campaña electoral, para la elección de diputados de representación proporcional, y hasta la fecha, el ciudadano Emiliano Vladimir Ramos Hernández, se ha ostentado como Presidente del Comité Ejecutivo Estatal del PRD.

La Magistrada analizó que el juicio de nulidad no constituye la vía idónea para impugnar estos actos, por lo que por unanimidad el Pleno del TEQROO aprobó que se reencauce a un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano Quintanarroense.

El Magistrado Vicente Aguilar Rojas explicó que en la ley vigente, no era la vía correcta, por eso se determinó reencausar a un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano Quintanarroense.

A la fecha, el TEQROO ha resuelto 109 juicios locales y restan por resolver 19, entre ellos, 12 juicios de nulidad, 3 Juicios para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano Quintanarroense, 2 juicios de inconformidad, 1 recurso de revocación y 1 procedimiento especial sancionador.

Firmes los diputados de mayoría relativa de los distritos 8 y 9

El TEQROO informa que el sábado 16 de julio de 2016 venció el plazo para que las sentencias recaídas en los expedientes de la elección de diputados de mayoría relativa de los distritos 8 y 9 fueran impugnadas, por lo que quedaron firmes, en el distrito 8, José de la Peña Ruiz de Chávez como propietario y suplente Reyes Antonio de la Rosa Muñoz, así como en el distrito 9 con José Carlos Toledo Medina propietario y como suplente Emilio Manuel Camargo Navarro, estos fallos los emitió este tribunal el 12 de julio, es decir, 21 días antes del plazo establecido en la ley que es el 2 de agosto de 2016.

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