Tribunal Electoral de Quintana Roo |
06 de junio de 2016 |
El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO) resuelve procedimientos especiales sancionadores durante sesión de este día 6 de junio, a las 12:00 horas. El Magistrado Presidente, Víctor Venamir Vivas Vivas, la Magistrada Nora Leticia Cerón González y el Magistrado Vicente Aguilar Rojas, con votación unánime, aprobaron las resoluciones para los procedimientos especiales sancionadores identificados como PES/019/2016 y PES/028/2016. Actos contrarios a lo previsto por el artículo 174 de la LEQROO
relativo a la colocación y/o fijación de propaganda electoral. La resolución declara la existencia de las conductas señaladas consistentes en el pintado de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano, atribuidas al ciudadano Gregorio Sánchez Martínez y al Partido Encuentro Social, lo anterior derivado de las pruebas técnicas aportadas por el quejoso, adminiculadas con las actas circunstanciadas levantadas por la autoridad instructora con motivo de las inspecciones oculares efectuadas las fechas 19 y 24 de mayo, ante lo cual se amonesta públicamente al Partido Encuentro Social y, en el término de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la notificación de la presente resolución, deberá llevar a cabo el blanqueamiento o borrado de la propaganda electoral denunciada. En este asunto el TEQROO había emitido, en sesión del pasado 17 de mayo de este mismo año, un acuerdo de Pleno señalando a la autoridad administrativa local IEQROO: “reponer el Procedimiento Especial Sancionador, a partir de la diligencia de inspección ocular, debiendo desahogar las etapas procesales posteriores a la verificación de la misma, siendo éstas correr traslado y notificación a las partes, así como la citación para el desahogo de la audiencia de pruebas y alegatos.” Se actúa en concordancia con plazos y términos para resolver. El resolutivo para el PES/028/2016 fue presentado por la ponencia del Magistrado Vivas Vivas, siendo aprobado por unanimidad. En este asunto el promovente fue el Partido de la Revolución Democrática a través de su representante ante el Distrito XI, denunciando al Partido Revolucionario Institucional y a Fredy Efrén Marrufo Martín, por la supuesta participación en eventos públicos difundidos en el periódico ESPACIO Q. ROO. En este contexto, en su defensa, el denunciado planteo, en la audiencia de desahogo de pruebas y alegatos, que haya incurrido en alguna violación, ya que el hecho de que un medio de comunicación de cuenta de unos eventos, que supuestamente contaron con la presencia del Presidente Municipal de Cozumel, ello no significa la realización de un evento con fines proselitistas, calificando como falsa y dolosa la imputación. En esta resolución, la autoridad jurisdiccional local determina que las notas periodísticas publicadas por los diversos medios de comunicación, fueron divulgadas como parte de la labor informativa que realizan dichos medios en el ejercicio de su trabajo periodístico. Por lo anterior y otros planteamientos de fondo, se declara la inexistencia de las conductas denunciadas, atribuidas al Partido Revolucionario Institucional y al ciudadano José Mauricio Góngora Escalante, en su calidad de candidato a Gobernador postulado por la coalición “Somos Quintana Roo”. |
Resuelve TEQROO Procedimientos Especiales Sancionadores. |