Tribunal Electoral de Quintana Roo
    24 de junio de 2016

El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), integrado por el Magistrado Presidente, Víctor Venamir Vivas Vivas, la Magistrada Nora Leticia Cerón González y el Magistrado Vicente Aguilar Rojas, en sesión diferida, este sábado 25 de junio del año en curso, a las 13:00, determinó aprobar por unanimidad el proyecto de resolución, presentado por la ponencia del Magistrado Víctor Venamir Vivas Vivas, para atender el procedimiento especial sancionador identificado como PES/034/2016.

En este asunto el promovente fue el Partido Verde Ecologista de México y la parte denunciada, Gregorio Sánchez Martínez y Partido Encuentro Social, señalando como acto impugnado la presunta comisión de actos que constituirían faltas electorales, consistentes en la supuesta pinta de equipamiento urbano que violentan las disposiciones en materia electoral .

El resolutivo señaló declarar existentes las conductas atribuidas a los denunciados en razón de que si se acredita la pinta de propaganda, específicamente en postes de luz ubicados en la ciudad de Cancún, estableciendo asimismo que la normativa electoral no prevé la imposición de sanciones a los candidatos por lo cual se hace imposible aplicarle sanción alguna al ahora ex candidato postulado por el Partido Encuentro Social, Gregorio Sánchez Martínez.

Por cuanto hace al partido político referido, al estar acreditada la conducta irregular y toda vez que el mismo no presentó elemento alguno que permita establecer que tomó alguna medida para detener la comisión de la infracción, se indica que incurrió en culpa in vigilando dada su calidad de postulante, ante lo cual se determina imponerle una sanción consistente en amonestación pública.

Se reencauza Juicio de Inconformidad a un Juicio de Nulidad
Por cuanto al juicio de inconformidad identificado con la clave JIN/033/2016, el proyecto de acuerdo plenario para resolver, de la ponencia del Magistrado Aguilar Rojas, fue aprobado por unanimidad de votos del Pleno.

En este juicio, el promovente es el Partido Verde Ecologista de México, señalando a la autoridad responsable el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, e impugnando el acuerdo IEQROO/CG/A-222/16 mediante el cual se asignan diputados por el principio de representación proporcional en el proceso electoral ordinario local dos mil dieciséis, manifestando que se hizo de forma indebida la asignación, pues el actor, al alcanzar el 3% de la votación, le correspondía de forma directa una posición.

El acuerdo plenario aprobado determinó reencauzar éste Juicio de Inconformidad a un Juicio de Nulidad en razón de que el promovente hace valer violaciones relativas a la asignación de Diputados por el principio de Representación Proporcional, de conformidad con lo que establece el artículo 88, fracción V, de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

 

Reencauza Juicio de Inconformidad a Juicio de Nulidad.


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