Tribunal Electoral de Quintana Roo
     

Chetumal, Q. Roo a 11 de noviembre de 2016.- El pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo resolvió cuatro Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano Quintanarroense y dos Juicios de Inconformidad, con lo cual, no queda ningún asunto a resolver en este órgano jurisdiccional.

El pleno integrado por el Magistrado Víctor Vivas Vivas, la Magistrada Nora Cerón González y el Magistrado Vicente Aguilar Rojas resolvieron los siguientes juicios: JDC/030/2016, JDC/031/2016, JDC/032/2016 y su acumulado JDC/033/2016, así como JIN/036/2016 y JIN/037/2016.

La Magistrada Nora Cerón González le correspondió atender el Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano Quintanarroense JDC/032/2016 y su acumulado JDC/033/2016, en el que los ciudadanos Emiliano Vladimir Ramos Hernández y Herberth Manuel Chan Pech interpusieron quejas ante un órgano de su partido, mediante escritos presentados el 14 y 18 de octubre, respectivamente, las cuales no han sido resueltos a la fecha por parte de la Comisión Jurisdiccional del PRD.

Por lo tanto, el proyecto de sentencia, en aras de proteger una justicia pronta y expedita pidió a la Comisión Nacional Electoral del PRD para que en la brevedad posible y en los plazos que establece su normatividad interna resuelva las quejas QO/QROO/508/2016 y QO/QROO/516/2016.

El Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano Quintanarroense JDC/030/2016, lo presentó Venancio Abán Mejía en contra del ayuntamiento de José María Morelos, dado que argumentó que a él le correspondía la regiduría y no al suplente de Pedro Enrique Pérez Díaz, que es Santos Francisco Uc Cáceres.

Este juicio fue atendido también por la Magistrada Nora Cerón González y el pleno determino que no le asiste la razón, toda vez que en la interpretación al párrafo II del artículo 142 de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo, establece que ante la falta del regidor electo y ante su ausencia es llamado a ocupar el cargo su suplente y sólo a falta de éste sería convocado el siguiente en la lista.

"No le asiste la razón toda vez que el propio artículo debe interpretarse de manera sistemática en relación a los artículos 134 de la propia Constitución y 141, así como al artículo 278 y 280 de la ley electoral de Quintana Roo", dice la sentencia.

Por su parte, el Magistrado Vicente Aguilar Rojas fue el ponente en el Juicio de Inconformidad, JIN/036/2016 promovido por el partido político MORENA, en contra del acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, en el que se crea la Unidad Técnica de Vinculación con el INE y el Servicio Profesional Nacional del Instituto.

Se confirmó en todos sus términos el acuerdo aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, pero como no está dentro del manual de organización -la Unidad Técnica de Vinculación con el INE- y no cuenta con un presupuesto no está en funciones, no se contrapone con el primer acuerdo IEQROO/CG/A-265/2016, como argumentó el partido demandante.

Víctor Alberto Sumohano Ballados presentó el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano Quintanarroense JDC/031/2016 en contra de un acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, dado que solicitó el reconocimiento y otorgamiento de recursos públicos locales fuera del proceso electoral.

El Magistrado Víctor Vivas Vivas fue el responsable de atender este juicio y el pleno, por unanimidad, determinó no darle la razón y confirmó el acuerdo del Consejo General del IEQROO.

En el Juicio de Inconformidad JIN/037/2016 que presentó el partido MORENA para impugnar un acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo en el que se aprobó el reglamento en materia de transparencia y acceso a la información pública. El demandante pedía se revoque y se dejará sin efecto, argumentando que se violentaron principios constitucionales al no haberse regulado ciertos aspectos relacionados con el acceso a la información pública.

Vivas Vivas propuso confirmar el acuerdo del Consejo General del IEQROO y declarar infundados los agravios, sentencia que fue aprobada por unanimidad en el pleno del TEQROO.

 


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