Tribunal Electoral de Quintana Roo |
Chetumal, Q. Roo a 15 de agosto de 2017.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo resolvió este martes en sesión de pleno, tres Juicios para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano, dos relacionados con la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional y uno que presentó la diputada local Silvia de los Ángeles Vázquez Pech contra la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena. En la sala de pleno se celebró esta sesión pública a partir de las 13:00 horas, en la que se dio cuenta del JDC/004/2017 que interpuso Eber Ernesto Mendoza Martínez en contra la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional. El actor pidió que se revoque la resolución emitida por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del citado partido político, el 8 de julio de 2017, en el expediente identificado con la clave CJ-JIN-042-2016, porque alega que fue omisa al analizar los agravios respecto a la equidad de género y a la violación de la convocatoria en razón de la duplicidad y alteración del acta publicada en estrados, por no ser la misma que se firmó en el acto protocolario. La ponencia a cargo del Magistrado Víctor Vivas Vivas resolvió declarar fundado el agravió y se revoque la resolución emitida por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN. Y le otorga un plazo de 5 días hábiles para que resuelva el fondo de la controversia planteada.
El Magistrado Vicente Aguilar Rojas en la sentencia emitida determinó declararlo improcedente, dado que el actor se desistió del medio de impugnación. Mientras que el JDC/006/2017 estuvo a cargo de la ponencia de la magistrada Presidenta del TEQROO, Nora Cerón González. En este caso, lo presentó la diputada local Silvia de los Ángeles Vázquez Pech contra la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del Partido Político Morena. Se quejó de la resolución de dicha comisión en el expediente CNHJ-QROO-296/16, emitido el 12 de julio de 2017, en la que le suspendieron sus derechos partidarios por tres años en una resolución que emitió la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia. En la resolución de este JDC, se determinó revocar la resolución impugnada. El TEQROO ordena a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia revocar su resolución y emitir una nueva en un plazo de 5 días hábiles a partir de la notificación, donde funde y motive su fallo.
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