Chetumal, Q. Roo a 29 de mayo de 2019.- En sesión de pleno, el Tribunal Electoral de Quintana Roo resolvió tres quejas del Procedimiento Especial Sancionador y un Recurso de Apelación.
Respecto al Procedimiento Especial Sancionador, PES/015/2019 fue interpuesto por el Partido Revolucionario Institucional en contra de Carlos Orvañanos Rea y otros, por la presunta comisión de conductas ilícitas cometidas por el candidato a la diputación por el principio de mayoría relativa en el distrito 07, postulado por la coalición ?Orden y Desarrollo por Quintana Roo?.
Dicho asunto fue atendido a raíz de la resolución que emitiera la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SX-JE-94/2019, en el que ordenó atender el documento de deslinde que presentará el denunciado Carlos Orvañanos Rea sobre la supuesta propaganda que infringía la normatividad electoral.
Al respecto, las magistradas y el magistrado del pleno, por unanimidad de votos declararon la inexistencia de las violaciones atribuidas a las denunciados Carlos Orvañanos Rea y la Coalición Orden y Desarrollo por Quintana Roo, al no quedar demostrada su responsabilidad en dichos hechos.
El Partido Revolucionario Institucional también presentó el Procedimiento Especial Sancionador con clave PES/036/2019 en contra de Roberto Erales Jiménez, por la supuesta comisión de conductas ilícitas derivado de la colocación de propaganda electoral.
En este asunto, el pleno, por unanimidad de votos determinaron declarar la inexistencia de las infracciones atribuidas a Roberto Erales Jiménez y la coalición Juntos Haremos Historia por Quintana Roo integrada por el partido político Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México.
Mientras que el Procedimiento Especial Sancionador, PES/037/2019, lo interpuso Concepción López Cohuo, Víctor Manuel Chan Tuz y Angélica Serrano Jiménez en contra de José Luis Ross Chale, por la supuesta comisión de actos de violencia de género, el cual trasgrede los derechos humanos de las mujeres, pues ha emitido declaraciones públicamente donde muestra conductas misóginas, machistas y retrogradas en contra de las mujeres.
En este caso, los integrantes del pleno determinaron declarar la inexistencia de los hechos denunciados atribuidos a José Luis Ross Chale y al Partido Revolucionario Institucional, por no haberse acreditado la infracción denunciada, ni la responsabilidad de los sujetos denunciados.
Asimismo, se resolvió el PES/040/2019 interpuesto por el Partido Acción Nacional y el Partido Revolucionario Institucional en contra de Reina Arelly Durán Ovando y la coalición Juntos Haremos Historia por Quintana Roo, por infracciones a la ley electoral al colocar propaganda político electoral en equipamiento urbano.
Las magistradas y el magistrado del pleno, por unanimidad de votos aprobaron declarar la existencia de las violaciones atribuidas a Reina Arelly Durán Ovando, así como a la coalición Juntos Haremos Historia por Quintana Roo e impuso una amonestación pública a ambos.
El último de los asuntos atendidos fue el Recurso de Apelación RAP/041/2019 lo presentó el Partido Acción Nacional en contra de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo, por el acuerdo por medio del cual se determina respecto de la medida cautelar solicitada por el partido impugnante dentro del escrito de queja identificada con el número IEQROO/PES/080/19.
En este recurso de apelación, el pleno, por unanimidad de votos determinó confirmar el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo sobre las medidas cautelares solicitadas por el Partido Acción Nacional en su escrito de queja del expediente antes referido, puesto que los agravios vertidos a dicho medio de impugnación resultaron infundados.