Chetumal, Q. Roo a 28 de junio de 2019.- En sesión pública, el Pleno de Tribunal Electoral de Quintana Roo resolvió los primeros 5 Juicios de Nulidad relacionados con el cómputo de mayoría de la elección de Diputados realizado por los Consejos Distritales 13, 7, 15 y 3; asimismo, atendió 4 quejas del Procedimiento Especial Sancionador y un Incidente de Recusación.
En esta sesión pública, el pleno resolvió los Juicios de Nulidad JUN/001/2019, JUN/003/2019, JUN/006/2019 y JUN/007/2019 interpuestos por el partido político Morena y Encuentro Social Quintana Roo en contra de los resultados del cómputo distrital y nulidades de casillas emitidas por los Consejos Distritales 13, 7, 15 y 3, respectivamente.
Al respecto, las magistradas y el magistrado que integran el pleno por unanimidad de voto confirmaron la declaración de validez de la elección de diputados de mayoría relativa en los Distritos Electorales 13, 7 y 15, en los expedientes JUN/001/2018, JUN/003/2019 y JUN/004/2019, respectivamente.
Ahora bien, con relación al Distrito Electoral 3, relacionado en los expedientes JUN/006/2019 y JUN/007/2019, los magistrados del pleno por mayoría de votos declararon acumular los citados expedientes y declarar la validez del cómputo de la elección de mayoría en el citado distrito.
En estos dos últimos asuntos, la magistrada Claudia Carrillo Gasca emitió un voto en contra, ya que a su juicio se debió ser más exhaustivos al resolver dichos expedientes.
oEn cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Xalapa del TEPJF, se presentó nuevamente el proyecto de resolución relacionado con el Procedimiento Especial Sancionador PES/053/2019, interpuso por Raúl Fernández León y la coalición ?Orden y desarrollo por Quintana Roo? en contra de Emiliano Vladimir Ramos Hernández, Laura Beristaín Navarrete, Hernán Villatoro Barrios, Juan Carlos Beristaín Navarrete, Gerardo Fernández Noroña, Otoniel Segovia Martínez y los partidos políticos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México, por la supuesta violación al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por cuanto a la utilización de recursos públicos, proselitismo y propaganda electoral.
oEn esta queja, los magistrados del pleno por mayoría de votos determinaron declarar inexistentes las supuestas irregularidades señaladas en contra de los denunciados.
oEn este caso, la magistrada Claudia Carrillo Gasca emitió un voto en contra, ya que a su parecer el citado asunto debía returnarse al Instituto Electoral de Quintana Roo para realizar una investigación más exhaustiva, como lo ordenó la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Otro de los asuntos atendidos fue el Procedimiento Especial Sancionador PES/067/2019 que presentó el Partido Acción Nacional en contra de Martha Bella Reyes Mejía, Sexta Regidora del Municipio de Othón P. Blanco por supuestos hechos violatorios del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el uso de recursos públicos y la falta de neutralidad e indebida intervención en el proceso electoral local, al asistir de manera reiterada a las sesiones del IEQROO y el Consejo General del INE en calidad de representante suplente del Partido del Trabajo en días y horas hábiles.
oEn esta queja, por acuerdo plenario, las magistradas y el magistrado del pleno ordenaron reenviar el expediente del PES/067/2019 al Instituto Electoral de Quintana Roo, para efecto de que realice los requerimientos de información al Ayuntamiento de Othón P. Blanco.
oEn la misma sesión pública, se resolvió el Procedimiento Especial SancionadorPES/068/2019 que interpuso el partido político Morena en contra de Víctor Mas Tah, presidente municipal de Tulum por la supuesta violación a la normatividad electoral al difundir propaganda gubernamental, así como promocionar su imagen.
oLos integrantes del pleno, por unanimidad de votos determinaron declarar la inexistencia de las infracciones atribuidas a Víctor Mas Tah, toda vez que de las pruebas aportadas no se pudo acreditar los hechos denunciados.
oDe igual manera, fue resuelto el Procedimiento Especial Sancionador PES/069/2019, que presentó el partido Confianza por Quintana Roo en contra de Héctor Hernán Pérez Rivero, otrora candidato de Movimiento Auténtico Social (MAS) por la presunta colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano, consistente en calcomanías adheribles.
oSobre esta queja, el pleno, por unanimidad de votos determinó declarar inexistentes las irregularidades denunciadas, ya que el caudal probatorio ofrecido por el denunciante es insuficiente, no idóneo e ineficaz para probar que el otrora candidato al Distrito Electoral 15 postulados por el partido MAS, Héctor Hernán Pérez Rivero haya realizado proselitismo en las redes sociales en tiempo de veda electoral.
oPor último, se resolvió el Incidente de Recusación presentado por el Partido Encuentro Social Quintana Roo en contra de la magistrada electoral Claudia Carrillo Gasca, misma en la que se solicitó se excuse de conocer y resolver los asuntos en los que pudiera tener algún interés el ciudadano Edgar Gasca Arceo, dado que la parte actora argumenta tiene una relación de parentesco con la magistrada electoral.
oEn este caso, las magistradas y el magistrado del pleno declararon calificar fundada la solicitud de recusación presentada por el Partido Encuentro Social Quintana Roo, para que la magistrada Claudia Carrillo Gasca deje de conocer y votar en los 10 asuntos relacionados con la asignación de diputados por el principio de representación proporcional.
oEs importante destacar que la magistrada Claudia Carrillo Gasca ya había solicitado excusarse en 5 de los10 asuntos.