Chetumal, Quintana Roo a 25 de marzo de 2021.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo, en sesión jurisdiccional no presencial resolvió cuatro juicios ciudadanos y una queja del Procedimiento Especial Sancionador.
En el caso de los Juicios para la Protección de los Derechos Políticos-Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense, con número de expediente JDC/034/2021 y el JDC/044/2021, fueron presentados por David Manances Tah Balam y Maribel Cruz Rodríguez, respectivamente, en contra del Comité Ejecutivo Estatal, Comisión Nacional de Elecciones, Comisión Nacional de Encuestas, Comité Ejecutivo Nacional, todas del partido político Morena y el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo y del proceso de selección de candidatos a integrar la planilla para miembros del Ayuntamiento de Tulum y la determinación, fundamentación y falta de motivación para el registro de quién será el candidato a la presidencia municipal de ese Ayuntamiento, para la cual fue registrado Marciano Dzul Caamal.
La Magistrada y los Magistrado, por unanimidad de votos determinaron en el primero desecharlo por haberse desistido el actor y en el segundo, lo declararon improcedente por no haber agotado la instancia intrapartidaria, por lo que fue reencauzado a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia para que conforme a su competencia y atribuciones dicten la resolución que en derecho corresponda en un plazo de 5 días a partir de la recepción de los expedientes y que por cuestión de distancia se otorga un plazo de 72 horas posteriores para que notifique a la parte actora.
De igual manera, el Pleno ordenó a dicha Comisión que dentro de un plazo de 24 horas posteriores a que resuelva los asuntos reencausados informe a este Tribunal el cumplimiento de estas sentencias.
Mientras que el JDC/045/2021 y su acumulado JDC/046/2021, fueron interpuestos por Cigur Gallegos Cruz y Santiago Torres Miranda, respectivamente, en contra del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo y la presunta omisión de implementar acciones afirmativas en beneficio de grupos en situación de vulnerabilidad como lo son la comunidad LGBTIQ+ y personas con discapacidad, para acceder a cargos de elección popular en las próximas elecciones de diputaciones locales y ayuntamientos.
En este asunto, el Pleno por unanimidad de votos aprobaron desechar ambos juicios ciudadanos por resultar improcedentes, ya que fueron presentados fuera de tiempo, aunado a que este Tribunal ha atendido este tema en sentencias anteriores.
Asimismo, se resolvió el Procedimiento Especial Sancionador, identificado con el expediente PES/007/2021, el cual fue presentado por el Partido Movimiento Ciudadano en contra del partido político Fuerza por México, Sindicato de Taxistas “Lázaro Cárdenas del Río” del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo y/o quien resulte responsable, por la presunta comisión de conductas violatorias a la normatividad electoral.
Al respecto, la magistrada y los magistrados, por unanimidad de votos, decidieron declarar inexistentes las conductas atribuidas al partido político Fuerza por México y el Sindicato de Taxistas “Lázaro Cárdenas del Río” del Municipio de Solidaridad, toda vez que del caudal probatorio no fue posible probar las supuestas irregularidades denunciadas.