El Pleno del TEQROO ordena cumplir sentencia a autoridades municipales

Chetumal, Quintana Roo a 17 de septiembre de 2021.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo, en sesión pública no presencial y por mayoría de votos declaró fundado el cuaderno incidental CI-13/PES/074/2021 que presentara Samaria Angulo Sala en contra de Laura Esther Beristaín Navarreto y otros, por el presunto incidente de inejecución de sentencia, dado que los denunciados en el expediente principal aún con el transcurso en exceso del tiempo no han cumplido con la sentencia emitida desde el 5 de agosto de 2021.

Por lo anterior, es que esta autoridad resolvió:

1.- Amonestar a las y los infractores, por el incumplimiento a lo ordenado por este Tribunal en la resolución emitida en fecha 05 de agosto, dentro del Procedimiento Especial Sancionador, identificado con la clave PES/074/2021.

2.- Ordenó a la ciudadana Laura Esther Baristain Navarrete, en su calidad de Presidenta Municipal del H. Ayuntamiento de Solidaridad, Quintana Roo; con fundamento en los artículos 90, fracción V, de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; 29, 33, 34, 40, y 44, del Reglamento Interno del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo; que convoque a más tardar el próximo 22 de septiembre de 2021 a Sesión del H. Ayuntamiento de Solidaridad, Quintana Roo, en términos de lo establecido en el apartado de Efectos de la Sentencia.

3.- Apercibir a las y los infractores; que de no cumplir con lo ordenado, este Tribunal en plenitud de jurisdicción con fundamento en los artículos 52, fracción III y 66 de la Ley de Medios; les impondrá una multa de hasta 100 veces el salario mínimo diario general vigente en el Estado, y se dará vista a la Contraloría Municipal, para que de inicio a los procedimientos de deslinde de responsabilidad contra quien o quienes resulten responsables por el incumplimiento a la presente resolución.

4.- Se deberá informar a este Tribunal el cumplimiento de lo antes ordenado dentro del plazo de 12 horas posteriores a su cumplimiento

5.- Se instruyó a la Secretaría General de Acuerdos para que remita copia certificada de la presente resolución a la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación, para su conocimiento y efectos legales correspondientes.

En este asunto, el Magistrado Sergio Avilés Demeneghi emitió un voto particular en contra del proyecto, ya que en el expediente principal no se estipulo plazo y fecha cierta para la realización de la sesión de Cabildo y las autoridades señaladas aún no concluyen su periodo de gobierno, sino hasta el 29 de septiembre de 2021. Por lo que consideró que se exceden las atribuciones del Pleno, ya que no se puede modificar una resolución de fondo, estableciendo una fecha que no fue previamente prevista por este órgano jurisdiccional, máxime que no obra en autos ningún elemento de prueba que establezca que ha acontecido sesión de Cabildo.

En el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/078/2021, que interpusiera María Yamina Rosado Ibarra en contra del Congreso del Estado y el Instituto Electoral de Quintana Roo, el Pleno por unanimidad de votos determinó desecharlo, al considerar que es una cuestión que no atañe al ámbito electoral, ya que es de índole del derecho parlamentario.