Chetumal, Q. Roo a 26 de febrero de 2020.- Por unanimidad de votos, el Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo determinó confirmar el acuerdo emitido por la Dirección Jurídica del Instituto Electoral de Quintana Roo, en el Procedimiento Ordinario Sancionador identificado con el número de expediente IEQROO/POS/002/2020, al resolver el RAP/001/2020.
El Pleno consideró infundados los agravios vertidos por el Partido Acción Nacional, ya que se advirtió no le asiste la razón, pues la autoridad responsable actuó en apego al marco legal, reglamentario y al principio de legalidad y certeza constitucionalmente establecidos.
La pretensión de la parte actora versó en que se revoque el acuerdo del Dirección Jurídica del IEQROO, ya que ésta no le otorgó más tiempo del legalmente establecido en el POS, para interponer una adecuada defensa, no obstante, el Pleno de este Tribunal consideró inviable sus agravios, toda vez que el principio de tutela judicial efectiva prevista en el artículo 14, párrafo II y 17, párrafo II de la Constitución Federal no fue vulnerado.