Sobre “Delitos Electorales e Infracciones Administrativas de Servidores Públicos enfocados en Violencia Política de Género”
Chetumal, Quintana Roo a 07 de agosto de 2020.- La Magistrada del Tribunal Electoral de Quintana Roo, Claudia Carrillo Gasca participó en el Panel virtual “Delitos Electorales e Infracciones Administrativas de Servidos Públicos enfocados en Violencia Política de Género” a invitación del Tribunal Electoral de Tabasco, la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales y el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Tabasco.
Fungió como panelista junto a Daniel Díaz Cuevas, Director General Jurídico de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales y Denisse Juárez Herrera, Magistrada del Tribunal de Justicia Administrativa de Tabasco.
La presentación de los participantes corrió a cargo de Rigoberto Riley Mata Villanueva, Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Tabasco; mientras que sus colegas las Magistradas Yolidabey Alvarado Cruz y Margarita Concepción Espinosa Armegol, realizaron la moderación y las conclusiones, respectivamente.
Además de contar con la presencia de la Senadora Mónica Fernández Balboa, Presidenta de la Mesa Directiva del Senado Mexicano; del Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Quintana Roo, Víctor Vivas Vivas; la Magistrada Nora Cerón González y personal jurídico del Tribunal local.
Durante su participación, Carrillo Gasca dijo que las últimas reformas aprobadas en la Cámara de Senadores y Diputados y publicadas en el Diario Oficial de la Federación, marcan parámetros importantes al combate de violencia política en razón de género y señala además la paridad y alternancia de género en órganos autónomos como lo son el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Instituto Nacional Electoral y los tribunales locales.
Señaló que hasta antes de esta reforma, el país presentaba una importante incongruencia en materia de derechos político-electorales de las mujeres, lo que había traído consigo un aumento al número de mujeres violentadas en el ejercicio de sus cargos públicos, en la que incluso se conoce de candidatas, precandidatas, militantes, simpatizantes y funcionarias electorales en acciones crueles desplegadas muchas de estas en el entorno de sus campañas o búsqueda de candidaturas o en el ejercicio de su cargo o función.
“A través de este cúmulo de recientes reformas, se observa una amplia descripción de Violencia Política de Género en la Ley General de Acceso de la mujer a una vida libre de violencia, la cual por su naturaleza no tiene propiamente una sanción, pero con la ventaja, en esta ocasión que tal explicación conceptual se auxilia y sirve como base para sancionarse en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General en Materia de Delitos Electorales y la Ley General de Responsabilidad Administrativa”, explicó.
Dijo que actualmente, en los ordenamientos locales del Estado de Quintana Roo, en la Constitución Política del Estado libre y soberano de Quintana Roo y en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de la entidad, se incorpora la frase de “violencia política por razones de género” pero se observa un vacío jurídico al no señalar en qué consisten estos actos de violencia, ni tampoco prevé sanciones.
Añadió que lo mismo sucede con la Ley de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en el Estado, en la que incluso es más específica su definición en comparación con el Código Penal del Estado, pero la desventaja entre la primera y la segunda de las citadas leyes, es que la primera no prevé sanciones, mientras que la segunda necesita urgentemente ampliar las conductas del tipo penal y por ende actualizarse.
Habló de la necesidad de contar con reformas en el Estado, que consideren la violencia política con elementos de género que se ejerce contra las mujeres, en elecciones y fuera de ellas, debe encontrar una formulación normativa, de tal forma que inhiba la concurrencia de esta práctica, que transforme la percepción discriminatoria que aún existe acerca de la capacidad de las mujeres para la participación política y para ejercer un cargo público.
Carrillo Gasca añadió que en cuanto a responsabilidades administrativas, en Quintana Roo, desde el 19 de julio de 2019, la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado, la cual es de orden público y observancia general, sin embargo en la misma no se incluye hasta el momento, algún artículo o fracción que tenga como fin sancionar o erradicar la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, lo cual igual es propuesta que sea adicionado.
“Las propuestas de reformas son amplias, por lo que el reto de las y los legisladores estatales es homologar la reforma federal con las leyes estatales a más tarde en septiembre, ya que el Estado tampoco es ajeno a este mal social en contra de las mujeres”, afirmó.
Durante su intervención expuso casos de mujeres quintanarroenses que han presentado denuncias por haber sido víctimas de violencia política en razón de género, pero que ante la falta de normatividad quedaron impunes.