Chetumal, Quintana Roo a 09 de noviembre de 2020.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo en Sesión Pública No Presencial atendió dos Juicios para la Protección de los Derechos de la Ciudadanía Quintanarroense, identificados con la clave JDC/050/2020 y JDC/051/2020.
El primer asunto fue interpuesto por Oscar Hernández Loaiza en contra de la resolución QO/QROO/1769/2020 emitida por el órgano de justicia intrapartidaria del PRD el 5 de octubre de 2020, por medio del cual el actor solicito se revoque, ya que a su consideración dicha autoridad responsable no emitió su resolución fundada y motivada, ya que la misma fue desechada.
Por mayoría de votos del Pleno, se resolvió confirmar la resolución emitida por el Órgano de Justicia Intrapartidaria del PRD, identificada con el número QO/QROO/1769/2020, toda vez que al modificar el acuerdo motivo de queja y emitir uno nuevo en el que se nombra al Delegado Político en el estado de Quintana Roo, el asunto dejo de causar el agravio que motivo la queja, quedando evidentemente sin materia, lo cual fue fundado y motivado por el órgano de justicia intrapartidaria del PRD.
En este asunto, la Magistrada Claudia Carrillo Gasca emitió un voto en contra por no coincidir en el sentido de la resolución.
El segundo asunto atendido, fue el JDC/051/2020 presentado por Leobardo Rojas López en contra del Órgano de Justicia Intrapartidaria del Partido de la Revolución Democrática y de la resolución emitida el 5 de octubre de 2020, por dicho órgano de justicia, en el expediente de queja QE/QROO/1773/2020. El actor se queja del indebido desechamiento de su juicio por presuntamente haberlo presentado fuera de tiempo ante el citado órgano.
Respecto a este juicio, el Pleno aprobó por unanimidad de votos revocar la resolución emitida en el expediente QE/QROO/1773/2020 que dictará el Órgano de Justicia Intrapartidaria y le ordenó para que en cinco días naturales emita una nueva resolución, toda vez que se consideraron fundados los agravios señalados por el actor.
Por su parte, la Magistrada Claudia Carrillo Gasca, presentó un voto concurrente ya que, si bien compartió el sentido del proyecto, lo realizó por razones diversas al mismo.