Chetumal, Quintana Roo a 18 de mayo de 2021.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo en sesión jurisdiccional no presencial atendió un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense y tres Procedimientos Especiales Sancionadores.
En el Procedimiento Especial Sancionador, PES/022/2021, que interpuso el Partido de la Revolución Democrática en contra de Jorge Rodríguez Méndez y el Partido Revolucionario Institucional, por actos anticipados de campaña y culpa in vigilando del partido, por unanimidad de votos el Pleno declaró la inexistencia de las conductas denunciadas, toda vez que no fue posible acreditar las faltas denunciadas.
Respecto al Procedimiento Especial Sancionador, PES/023/2021, lo presentó el Partido Acción Nacional en contra de Luis Gamero Barranco, por la presunta comisión de actos que constituyen violaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Quintana Roo, por la realización de campaña denostativa.
El Pleno, por unanimidad de votos determinó declarar la inexistencia de la conducta atribuida a Luis Gamero Barranco, consistente en la fijación de propaganda negra, y no obstante, ordenó dar vista a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral para que conforme a sus atribuciones determine lo que a derecho corresponda.
El Procedimiento Especial Sancionador, PES/025/2021, lo interpuso el Partido Político Morena en contra de Teresa Atenea Gómez Ricalde por supuestos actos que constituyen violaciones a la constitución y la normativa electoral, al emitir propaganda en redes sociales que exhiben lugares públicos bajo la administración del Gobierno Municipal.
En este asunto, el Pleno, por unanimidad de votos ordenó se envié el expediente PES/025/2021, al Instituto Electoral de Quintana Roo en su calidad de autoridad instructora para que realice los requerimientos de información a la sindicatura municipal del Ayuntamiento de Isla Mujeres.
Por último, se resolvió el Juicio Ciudadano -JDC/065/2021-, que presentó Guillermo Bernardo Galland Guerrero en contra del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo y el Acuerdo por medio del cual se resuelven las solicitudes de sustitución presentadas por la coalición “Va por Quintana Roo”, en cumplimiento al requerimiento del Consejo General establecido en el Acuerdo IEQROO/CG/A-143-2021 y en acatamiento a la sentencia recaída en el expediente JDC/060/2021, dictada por el Tribunal Electoral de Quintana Roo, en el contexto del Proceso Electoral 2020-2021.
Por unanimidad de votos, la y los magistrados integrantes del Pleno determinaron desechar el Juicio Ciudadano, dado que el actor Guillermo Bernardo Galland Guerrero se desistió de este medio de impugnación.