Chetumal, Quintana Roo a 11 de junio de 2021.- Por unanimidad de votos, el Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo determinó la existencia de la infracción atribuida a Orlando Emir Bellos Tun, consistente en la utilización de símbolos religiosos en la propaganda electoral, por lo que ordenó imponerle a él y a la coalición “Juntos haremos historia por Quintana Roo”, por la falta de vigilancia, una amonestación pública.
Lo anterior, en atención a lo ordenado por la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en el Procedimiento Especial Sancionador PES/024/2021, que presentara el Partido Acción Nacional en contra de Orlando Emir Bellos Tun, por la supuesta comisión de actos que constituyen violaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a las leyes electorales, al atentar de manera directa a los principios de laicidad al difundir en la red social de Facebook, símbolos religiosos en su propaganda política.
Mientras que el Recurso de Apelación RAP/022/2021 y sus acumulados RAP/023/2021, RAP/024/2021 y JDC/069/2021, que fuera presentado el Partido Fuerza por México y otros, en contra del Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, identificado con la clave IEQROO/CG/A-159-2021, por medio del cual se resuelven las solicitudes de sustitución presentadas por la coalición “Juntos Haremos Historia en Quintana Roo”, en el cual se determinó procedente la solicitud de registro de Yensunni Idalia Martínez Hernández, como candidata propietaria a la presidencia municipal y de Alejandra del Ángel Carmona, como síndica propietaria, ambas por el Municipio de Othón P. Blanco
En este caso, por mayoría de votos, el Pleno determino sobreseer dicho recurso, al actualizarse la causal de improcedencia, dado que los actos impugnados se han consumado de forma irreparable.
En este asunto, el Magistrado Sergio Avilés Demeneghi por no coincidir con el proyecto votó en contra de éste y anunció la emisión de un voto particular.