Tribunal Electoral de Quintana Roo
El Pleno del TEQROO ordenó a Leobardo Medina Xix emitir una disculpa pública a servidora pública electoral

Chetumal, Quintana Roo a 15 de octubre de 2024.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), por unanimidad de votos ordenó a Leobardo Medina Xix, otrora Consejero Presidente de un Consejo Distrital del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), a emitir una disculpa pública a una servidora pública electoral.

Lo anterior, al atender el Procedimiento Especial Sancionador PES/121/2024, mismo que se emitió en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de la Sala Regional Xalapa del TEPJF, dentro del expediente SX-JDC-710/2024, en la cual se determinó que Medina Xix, realizó Violencia Política en Razón de Género (VPG) en contra de una servidora pública electoral, por lo que ordenó a este Tribunal emitiera una nueva resolución.

Es por ello, que se determinó dar vista al Órgano Interno de Control del IEQROO, para que en el ámbito de su competencia califique la conducta, sancione y promueva las acciones que procedan, al ser la autoridad encargada de pronunciarse sobre los actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas por parte de los servidores públicos de ese instituto.

De igual manera, se vinculó al IEQROO, para que una vez que cause ejecutoria la presente sentencia, realice las acciones y diligencias necesarias para que se materialice la disculpa pública ordenada y lo inscriban en el Registro Estatal y Nacional de Personas Sancionadas en Materia Política contra las Mujeres en Razón de Género, por dos años.

Por otra parte, el Pleno, por unanimidad de votos desecho por improcedente el Juicio Electoral JE/007/2024, promovido por una servidora pública municipal, en contra del Oficial Mayor, el Presidente Municipal y quienes resulten responsables, por la comisión de supuestos actos relacionados con VPG en su contra.

En este caso, del análisis del escrito de demanda se advirtió que el Tribunal no es competente para conocer del caso en concreto, pues si bien, la parte actora señala la comisión de VPG y la vulneración de otros derechos en su perjuicio, no se advierte que el cargo que ostenta emane de una elección popular o sea integrante de una autoridad electoral.

En esta sesión pública, el Pleno del TEQROO declaró inexistentes las conductas denunciadas en los Procedimientos Especiales Sancionadores PES/163/2024 y PES/019/2024.


Se anexa link de la sesión:
https://www.youtube.com/live/mEU4PpznLvc?si=ZKkue2Giz6xiVXtA


Y en estrados electrónicos se harán públicas las resoluciones aprobadas en la sesión de Pleno de hoy (15/10/2024) https://bit.ly/3QLedjv