Tribunal Electoral de Quintana Roo
El Pleno del TEQROO declaró inexistentes las conductas denunciadas en contra de otrora candidata a la Presidencia Municipal de Solidaridad

Chetumal, Quintana Roo a 30 de julio de 2024.- En sesión pública, el Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), declaró inexistentes las conductas denunciadas por el Partido Acción Nacional en contra de Angy Estefanía Mercado Asencio, candidata a la Presidencia Municipal de Solidaridad, a Uri Carmona Islas, candidato a Cuarto Regidor del mismo Ayuntamiento, y a los partidos que integran la coalición “Sigamos Haciendo Historia en Quintana Roo”, que los postulan.

Lo anterior, al resolver el Procedimiento Especial Sancionador PES/125/2024, en el cual el Partido actor los señala de presuntos actos que contravienen las reglas sobre propaganda político electoral consistente en la supuesta aparición de menores de edad en una imagen publicada en la red social del candidato denunciado.

En este caso, se declaró la inexistencia de las conductas atribuidas a los denunciados porque, de las investigaciones realizadas por el Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) y el análisis de las probanzas que obran en autos, no se desprende elemento alguno, material o jurídico, que permitan a este Tribunal determinar que el denunciado haya publicado la imagen de menores de edad en contravención a los Lineamientos para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Materia Político Electoral del Instituto Nacional Electoral.

Por otra parte, también se atendió el Procedimiento Especial Sancionador PES/127/2024, promovido por el Partido Morena, por medio del cual denunció a Raúl Alejandro Aguilar Acosta, en su calidad de entonces candidato a la Diputación Local por el Distrito 10, así como a la Coalición que lo postuló “Fuerza y Corazón por Quintana Roo”, integrada por los partidos políticos Acción Nacional y Revolucionario Institucional, por culpa in vigilando, por el supuesto uso de la imagen de menores de edad en su propaganda político electoral, publicada a través de la red social Facebook.

Al respecto, el pleno, por unanimidad de votos declaró la inexistencia de la conducta denunciada, entre otras cosas, porque del análisis integral del material probatorio aportado por el Partido quejoso y el recabado por la autoridad instructora, consistente en un URL y tres imágenes, a través de las cuales Morena pretendía acreditar la conducta denunciada, dichas probanzas constituyen pruebas técnicas, las cuales, por sí solas tienen únicamente carácter indiciario, por lo que no existe algún otro elemento de prueba que permita tener la certeza de la publicación denunciada.

En cuanto al Procedimiento Especial Sancionador PES/123/2024, fue presentado por Nellif Virgilio Domínguez Cruz, en su calidad de Representante Propietario del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo Distrital 11 del IEQROO, en el cual denuncia a Margarita del Rosario Vázquez Barrios, en su calidad de Coordinadora de Estructura de Campaña del candidato a Presidente Municipal de Cozumel, postulado por la Coalición “Sigamos Haciendo Historia en Quintana Roo” y a Lenin Alejandro Mattar Pérez, candidato propietario a la Primera Regiduría postulado por la referida Coalición, por la presunta entrega de dádivas y beneficios directos a la ciudadanía, que se traduce en presión al electorado y al partido político MORENA por culpa in vigilando.

En este asunto, el Pleno, por unanimidad de votos declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas, porque de las probanzas técnicas aportadas, consistentes en imágenes, no se desprende elemento alguno, material o jurídico, que permitan a este Tribunal determinar que los denunciados hayan incurrido en alguna falta, o cometido alguna violación en materia electoral y a la norma Constitucional.

En esta sesión de Pleno, se ordenó por unanimidad de votos, el reenvió de los Procedimientos Especiales Sancionadores PES/122/2024 y PES/130/2024, a fin de que esta autoridad electoral, cuente a la brevedad posible con todos los elementos necesarios y suficientes para emitir una resolución con total apego a derecho.


Se anexa link de la sesión:
https://www.youtube.com/live/zesnU5qfWLs?si=i28dPzikJTsO8GA7

Y en estrados electrónicos se harán públicas las resoluciones aprobadas en la sesión de Pleno de hoy (30/07/2024) https://bit.ly/3QLedjv