Tribunal Electoral de Quintana Roo
Declara el Pleno del TEQROO, inexistentes las conductas denunciadas en cuatro Procedimientos Especiales Sancionadores

Chetumal, Quintana Roo a 11 de septiembre de 2024.- En sesión pública de Pleno, el Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO) determinó por unanimidad de votos declarar inexistentes las conductas denunciadas en cuatro Procedimientos Especiales Sancionadores.

El primero de ellos, se trata del PES/175/2024, que presentó el Partido de la Revolución Democrática (PRD) e iniciado con motivo de lo ordenado por la Sala Regional Xalapa del TEPJF, en el expediente SX-JE-22/2024, a fin de determinar la existencia o no, de la vulneración a los Lineamientos del Instituto Nacional Electoral relacionados con la tutela al interés superior de la niñez, por parte de medios de comunicación.

El segundo, es el PES/178/2024, promovido por el PRD, en contra de la Presidenta Municipal de Benito Juárez, Ana Patricia Peralta de la Peña, de la Coordinación de Comunicación Social de dicho municipio, así como en contra del propio Ayuntamiento y del medio de comunicación “Pueblo informado”, a quienes les atribuye supuestas transgresiones a la materia electoral.

Mientras que el tercero, fue el PES/176/2024, presentado por Luis Enrique Cámara Villanueva, en su calidad de representante del partido Movimiento Ciudadano ante el Consejo General del IEQROO, en contra de María Fernanda Alvear Palacios, en su calidad de otrora candidata a la Presidencia Municipal de Puerto Morelos, postulada por la coalición “Fuerza y Corazón por Quintana Roo” por el uso de la imagen de menores de edad en su propaganda electoral.

Y el cuarto, el PES/182/2024, promovido por Roxana Lili Campos Miranda, en su calidad de candidata a Presidenta Municipal de Solidaridad, en contra de Angy Estefanía Mercado Asencio, en su calidad de candidata a Presidenta Municipal de Solidaridad y al Partido Político Morena, por la supuesta comisión de actos consistentes en calumnia electoral, actos de vandalización y destrucción de propaganda electoral, de intimidación y persecución a miembros del equipo de la denunciada, así como de la muerte de una persona militante del partido Morena e integrante del equipo de campaña de la candidata denunciada.

En los cuatro asuntos, el Pleno, por unanimidad de votos determinó declarar inexistentes las conductas denunciadas, dado que, del análisis integral de las probanzas que obran en autos, no se desprende elemento alguno, material o jurídico, que permitan a este Tribunal determinar que las y los denunciados incurrieran en la transgresión a la normatividad electoral, como lo plantea las partes quejosas.

Respecto al Procedimiento Especial Sancionador PES/179/2024, el Pleno, por unanimidad de votos ordenó el reenvío del expediente a la Autoridad Instructora, para que lleve a cabo las diligencias necesarias, a fin de que esta autoridad electoral, cuente con todos los elementos para emitir una resolución con total apego a derecho.


Se anexa link de la sesión: https://youtu.be/qi6r4vYAUfM

Y en estrados electrónicos se harán públicas las resoluciones aprobadas en la sesión de Pleno de hoy (11/09/2024) https://bit.ly/3QLedjv